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Ayudas La Rioja: Hiberus, proveedor de las Ayudas ADER Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

10 Mins de lectura

¿Eres una empresa de La Rioja y buscas ayudas para innovación, digitalización o industria 4.0? ¿Quieres cambiar tu sistema informático, CRM o implementar nuevas soluciones tecnológicas para mejorar tus ventas en el mundo digital? Ha llegado el momento.

Estas son las ayudas que ofrece el Gobierno de La Rioja y ADER, con fecha de finalización 30 de septiembre:

Cheques de innovación – Microproyectos

Programa cheque de innovación de proyectos (pruebas de concepto – proyectos de I+D+i) y proyectos de diseño de producto.

Beneficiarios

Empresas personas físicas o jurídicas.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

  • C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor); C.N.A.E. 95. (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico).

Actuaciones subvencionables y beneficios

Serán subvencionables la realización de proyectos (Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i) y proyectos de Diseño de Producto. A tal efecto, se considerarán gastos subvencionables los gastos de consultoría experta externa y los costes de personal dedicado al proyecto en concepto de sueldos y salarios y Seguridad Social a cargo de la empresa.

Un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con los siguientes límites de gasto subvencionable por actuación: 40.000 euros para los Cheques (Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i); Y 30.000 euros para los Cheques (Diseño de Producto).

Dentro de los límites anteriores y para cada uno de los tipos de gasto previstos, el importe de gasto máximo subvencionable de la consultoría experta externa no superará los 14.500 euros, y en el caso de los costes de personal no superará los 25.500 euros para los cheques “Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i”, y los 15.500 euros para los cheques “Diseño de Producto”.

Condiciones particulares y limitaciones

  • La modalidad de participación será individual (proyectos individuales).
  • Se aprobará un máximo de una solicitud, por convocatoria/año y beneficiario, de cheque “Pruebas de concepto – Proyectos de I+D+i”, y otra solicitud de cheque “Diseño de Producto”.
  • Las propuestas deberán de plantear novedad para la empresa, donde ésta de un salto cualitativo respecto a la situación de inicio.
  • El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 5.000 euros.

Plazo

El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2020, incluido.
Serán subvencionables los costes correspondientes realizados a partir del día 17 de diciembre de 2019.

 

Ayuda en La Rioja para Digitalización e Industria. Estructuras y Sistemas TIC.

Beneficiarios

  • Empresas, personas físicas o jurídicas válidamente constituidas, que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Las empresas que vayan a crearse, implantarse o proveerse de un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja con el proyecto presentado.
  • Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales, solamente para el caso de las actuaciones de nueva adquisición o implementación de Software y Aplicaciones de gestión, y/o de control industrial y/o logística, y el diseño y desarrollo web.

Quedan excluidos como beneficiarios:

  • C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor).
  • C.N.A.E. 95. (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico).
  • El sector de producción agrícola primaria.
  • Asociaciones, agrupaciones de empresas, entidades, instituciones y organismos sin ánimo de lucro, constituidos por empresas cuya actividad se encuadre en los anteriores epígrafes de la CNAE.

Actuaciones subvencionables

1. La nueva adquisición o implementación de Software y Aplicaciones de gestión, y/o de control industrial y/o logística.

Serán subvencionables los costes de los nuevos elementos activos materiales e inmateriales (software-aplicaciones-sistemas-herramientas-equipos TIC), así como aquellos servicios de consultoría, asistencia, y/o asesoramiento experto externo necesarios para la adquisición e implementación.

2) El diseño y desarrollo de páginas web de función dinámica con gestor de contenidos, comercio electrónico y con diseño adaptativo o responsive.

Se considera diseño adaptativo aquel que permite una correcta visualización de la web desde distintos dispositivos.

3) Programa “Industria conectada 4.0”, y sólo para empresas industriales con 10 o más empleados de las descritas en el Anexo III.

  • La consultoría experta externa para la realización del Estudio previo necesario para la implementación de las medidas y acciones planificadas necesarias para acometer el programa “Industria conectada 4.0”.
  • Los elementos nuevos activos materiales e inmateriales necesarios, como equipos, sistemas electrónicos, equipamiento informático, hardware, software, redes.

Beneficios y limitaciones

    1. Para la nueva adquisición o implementación de Software y Aplicaciones de gestión, y/o de control industrial y/o logística, y el diseño y desarrollo de web, la ayuda será del 35%, (Ayudas sometidas a  régimen de minimis). Se aplicarán los siguientes límites de gasto o inversión máxima subvencionable: En el caso de los elementos activos no correspondientes a software y/o aplicaciones informáticas no deberán superar los 50.000 euros; los servicios de consultoría, asistencia, y/o asesoramiento experto externo 5.000 euros; diseño y desarrollo web 6.000 euros.
    2. Inversiones en estructuras y sistemas TIC dentro del programa “Industria conectada 4.0” .
      1. Consultoría experta externa para la realización de Estudios Previos al proceso, el tipo de subvención será del 35%, admitiéndose un gasto o inversión máximo de 20.000 euros.
      2. Elementos nuevos activos materiales e inmateriales necesarios, como equipos, sistemas electrónicos, equipamiento informático, hardware, software, redes, de los sistemas…, el tipo de subvención será del 35%, (sometido al régimen de mínimis).

Limitaciones:

      • Inversión máxima subvencionable total por expediente de ayuda: 200.000 euros para PYMES y 250.000 euros para grandes empresas.

Condiciones específicas línea TIC

    • Contabilización de las inversiones: Las inversiones en elementos activos materiales e inmateriales (software y aplicaciones de gestión, software de gestión avanzada inteligente, estructuras de soporte y equipamiento informático) para que se puedan considerar subvencionables, deberán estar activados y contabilizados como tales.
    • Grado de innovación de los proyectos: La empresa deberá describir en la solicitud de ayuda, la situación inicial de la empresa, el detalle del nuevo proyecto y justificar la innovación que supone para la empresa el proyecto planteado respecto a la situación inicial.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2020, incluido.

 

Cheque de innovación asistencia

Ayudas a la innovación. Asistencia.

Beneficiarios

Empresas personas físicas o jurídicas organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales. Se excluyen las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables los gastos de consultoría y/o asistencia experta externa para la realización de los siguientes Cheques.

  • a.1. CHEQUES (PLANES TECNOLOGICOS)
    • a.1.1. Diagnósticos y/o Planes-Auditorías tecnológicas.
  • a.2. CHEQUES (PROTOCOLOS FAMILIARES)
  • a.3. CHEQUES (FORMACIÓN DE PROFESIONALES):
    • a.3.1. Formación directiva.
    • a.3.2. Formación o planes de formación de los profesionales para su reentrenamiento.
  • a.4. CHEQUES (NORMAS)
  • a.5. CHEQUES (ASISTENCIAS PARA LA I+D)
    • a.5.1. Primer contrato de externalización de la gestión de la I+D o de la Innovación.
    • a.5.2. Estudios de Vigilancia Tecnológica, estado de la técnica, u otros estudios de prospección, incluidos los estudios de mercado, benchmarking, etc.
    • a.5.3. Asesoramiento legal en el ámbito de la I+D+i, la gestión de acuerdos de transferencia tecnológica y de licencia, su valoración.
    • a.5.4. Asesoramiento para la identificación, monitorización y acompañamiento de licitaciones de compra pública de innovación.
  • a.6. CHEQUES (PATENTES).
  • a.7. CHEQUES (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i).
    • a.7.1. Presentación a convocatorias regionales ADER.
    • a.7.2. Presentación a convocatorias nacionales del CDTI, IDAE, u otros organismos nacionales.
    • a.7.3. Presentación a convocatorias internacionales.
    • a.7.4 La gestión y coordinación de proyectos de I+D+i financiados por la Unión Europea.
    • a.7.5. Gastos de desplazamiento de profesionales para acciones de prospección referentes a la participación de la empresa en proyectos de I+D+i.
  • a.8. CHEQUES (PROCESOS EFICIENTES):
    • a.8.1. Técnicas y herramientas Lean; Cuadro de Mando Integral, Círculos de Calidad, Mini-fábricas, Autoevaluación REDER; Análisis de ciclo de vida.
    • a.8.2. Interim management de desarrollo de negocio y/o organizacional.
    • a.8.3. Auditorías energéticas.
  • a.9. CHEQUE (CUOTA BANDA ANCHA).

Beneficios

Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, salvo para el caso de la asistencia para la participación en proyectos internacionales de la Unión Europea, la gestión y coordinación de dichos proyectos, y las acciones de prospección descritas en los apartados a.7.3), a.7.4), y a.7.5), del Anexo I, para los que se establece un tipo del 100%, siempre sometido al régimen de minimis.

 

Actuación Importe máximo de gasto subvencionable
a.1 Cheques – Planes tecnológicos
Diagnósticos 4.000€
Planes-auditorías tecnológicas 10.000€
a.2 Cheques – Protocolos familiares 10.000€
a.3 Cheques – Formación de profesionales
Formación directiva 4.000€
Formación o planes de formación de profesionales 10.000€
a.4 Cheques – Normas
De forma general 4.000€
UNE 166001 3.000€
AENOR EA0047 o AENOR EA0043 1.000€
Familia ISO/IEC17000 Acreditación e inspección 10.000€
Modelo EFQM 14.000€
a.5 Cheques – Asistencias para la I+D+i
De forma general 3.000€
Primer contrato de externalización de la función I+D o innovación 10.000€
a.6 Cheques – Patentes
PCTs o patentes europeas 10.000€
Resto de patentes y modelos de utilidad 4.000€
a.7 Cheques – Financiación de la I+D+i
De forma general 3.000€
Presentación a convocatorias nacionales 6.000€
Presentación a convocatorias internacionales (ver apartado c2)
– EIC Accelerator 24.000€
– Fast Track to Innovation como coordinador 34.000€
– Fast Track to Innovation como socio 10.000€
– Instrumentos del Programa Marco Horizon 2020 para proyectos de una sola etapa como coordinador o lidera paquete 34.000€
– Instrumentos del Programa Marco Horizon 2020 para proyectos de una sola etapa como socio 10.000€
– Instrumentos del Programa Marco Horizon 2020 para proyectos dos etapas como coordinador o lidera paquete, límite por etapa 10.000€
– Instrumentos del Programa Marco Horizon 2020 para proyectos dos etapas resto de casos, límite por etapa 4.000€
– Acciones Marie Sklodowska-Curie del Programa Marco Horizon 2020 como coordinador 20.000€
– Acciones Marie Sklodowska-Curie del Programa Marco Horizon 2020 como socio 5.000€
– Proyectos bilaterales o multilaterales del CDTI de forma general como coordinador 20.000€
– Proyectos bilaterales o multilaterales del CDTI de forma general como socio 5.000€
– Proyectos EUREKA o proyectos EEA-Grants como coordinador 15.000€
– Proyectos EUREKA o proyectos EEA-Grants como socio 5.000€
– Proyectos de cooperación tecnológica internacional con certificación y seguimiento unilateral del CDTI 10.000€
– Programa Eurostars y ERANETs como coordinador 20.000€
– Programa Eurostars y ERANETs como socio 5.000€
– Asistencia de gestión y coordinación de proyectos de I+D+i financiados por la Unión Europea 5.000€
– Gastos de desplazamiento de acciones de prospección referentes a la participación de la empresa en proyectos de I+D+i (Ver apartado c3) 10.000€
a.8. Cheques – Procesos eficientes
De forma general 4.000€
Lean (3 o más técnicas o herramientas) 10.000€
Interim management de desarrollo de negocio y/o organizacional 6.000€
a.9. Cheques – Cuota banda ancha 5.000€

Limitaciones

  • Se aprobarán un máximo de cuatro propuestas/año por beneficiario en el caso de CHEQUES (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i) para la presentación a programas internacionales de proyectos de I+D, descritos en el apartado a.7.3) del Anexo I.
  • No serán subvencionables los siguientes conceptos:
    • La prestación de servicios que constituyan el objeto social o actividad propios de la empresa que solicita la ayuda.
    • Las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento.
    • Los costes de mantenimiento de normas ya implantadas en la empresa.
  • No serán subvencionables los gastos o inversiones concertadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario.
  • El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 500 euros.
  • En la fase de pago se excluirán las facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros, salvo para los gastos de registro de patentes o modelos de utilidad, los gastos de desplazamiento de profesionales para acciones de prospección referentes a la participación de la empresa en proyectos de I+D+i, y los correspondientes a los cheques (Cuota banda ancha), cuyo coste elegible subvencionable será igual o superior a 50 euros (IVA excluido).

Otras condiciones

  • La modalidad de participación será individual (proyectos individuales).
  • La beneficiaria deberá de concretar los proveedores de los trabajos o gastos a realizar en el momento de la apertura del expediente.
  • Las propuestas deberán de plantear novedad para la empresa, donde ésta de un salto cualitativo respecto a la situación de inicio. Asimismo, la solvencia y experiencia del proveedor se acreditará por cualquiera de los medios dispuestos en el impreso de solicitud.
  • Los proyectos o los resultados de las acciones a subvencionar tendrán como objetivo implantarse y/o explotarse por la empresa solicitante, y esta implantación y/o explotación, deberá ubicarse en centros de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • En fase de justificación el contenido mínimo de los trabajos serán los descritos en el Anexo I de la convocatoria.
  • Los beneficiarios deberán acreditar el pago del gasto y/o las inversiones incentivadas mediante medios verificables documentalmente (tales como transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta u otros), justificando que las facturas han sido pagadas en las condiciones siguientes: Sólo será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable; Se entenderá como gasto efectivamente pagado el efectuado a través de entidad financiera mediante cargo en la cuenta bancaria del beneficiario. No se admitirá el ingreso en metálico realizado en la cuenta del proveedor.
  • Los interesados presentarán sus solicitudes y realizarán los actos sucesivos, exclusivamente, a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, utilizando los formularios e instancias normalizadas disponibles al efecto. Carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.

Plazo

  • El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2020, incluido. Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, no se podrá incrementar el presupuesto de inversión subvencionable.
  • Serán subvencionables los costes realizados a partir del día 17 de diciembre de 2019.

 

HIBERUS, PROVEEDOR DE LAS AYUDAS ADER EN LA RIOJA PARA EL TELETRABAJO,  INNOVACIÓN O INDUSTRIA 4.0

En Hiberus somos proveedor de las Ayudas lanzadas en la Rioja por ADER, la Agencia de Desarrollo Económico de la Rioja, así que si quieres recibir más información sobre esta subvención o estás interesado en implementar alguna solución para facilitar el teletrabajo de tu empresa, ponte en contacto con nosotros y te informaremos sin compromiso.

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